No consigo que mi deudor me pague ó que cumpla con su obligación (dar algo acordado ó cumplir con el servicio).
Reclamaciones de cantidad ( deuda ) ó de cumplimiento de obligaciones de hacer ó dar.
Despacho Abogados Donostia San Sebastián Gipuzkoa. Euskadi
Es habitual que por error te puedas encontrar en esta situación. Error por haber confiado en la persona inadecuada ó con la empresa inadecuada. En esta situación habrá que valorar las diferentes opciones a las que se pueda llegar para poder cobrar la deuda, que se cumpla con la obligación acordada ó con el servicio pactado con calidad. Legislación: En este caso si estamos ante un profesional se aplica la ley de consumo (ley especial sobre la ley general) y de manera subsidiaria el código civil. Si estamos ante un particular se aplicará estrictamente el código civil. Opciones:- a) Intentar llegar extrajudicialmente a un acuerdo que pueda llegar a satisfacer la obligación del tercero.
- b) La otra es acudir a la vía judicial ó a otros organismos pertinentes, pero teniendo en cuenta lo siguiente:
Soy abogado, agente inmobiliario y perito en valoraciones de inmuebles desde hace 25 años.
